La opinión pública considera pasmoso el logro de estos operadores privados que montan, en un abrir y cerrar de ojos y casi subrepticiamente, un negocio de recogida de residuos tan lucrativo (dos millones de céntimos de ingresos diarios) y que desaparecen en la naturaleza, sin honrar casi más los lugares de la cosecha, aunque solo sea para constatar visualmente cómo evoluciona su negocio de oro.
No menos desconcertante para el común de los mortales es el hecho de que un negocio tan lucrativo funcione exclusivamente desde su inicio gracias a un material graciosamente ofrecido por el Estado (una suma de 6.172.730 dÃrhams – artÃculo 8 del Convenio de gestión) y a un personal - local al 99% - pagado casi al 100% por los dos municipios (una factura anual de 2.841.910,94 dÃrhams en 2008 – artÃculo 33 del CPS).
Peor aún, el operador privado actúa a su antojo, hace lo que quiere, ignorando las disposiciones del CPS y del convenio de gestión delegada, porque no se preocupa en absoluto por la autoridad delegante, a la que ha logrado reducir a comparsa.
Desprovisto de cualquier presupuesto, carente de cualquier medio material u otro, el grupo de municipios «Ahmar para la protección del medio ambiente» solo debe su supervivencia a la limosna pagada por el delegado, que cubre públicamente sus gastos de funcionamiento (combustible, material de oficina, emolumentos del personal). Por tanto, no se puede esperar que este último cumpla normalmente con su misión (control, seguimiento de las prestaciones y, en su caso, sanción de las infracciones – artÃculos 9 y 45 del CPS). De ahà una multitud de infracciones.
El delegado, que evoluciona en tierra conquistada, se obstina en no hacer caso de las disposiciones que le obligan a «poner en marcha todos los medios necesarios y el personal (cuadros y agentes de ejecución) que tengan las competencias profesionales para cumplir las prestaciones previstas en los términos del contrato» (artÃculo 3 del convenio de gestión).
El personal - mal cualificado, mal motivado, no supervisado - carece manifiestamente de equipamiento, vive, por su parte, en condiciones de higiene deplorables y no se beneficia de ninguna formación (artÃculo 36 del CPS). La contratación de la mano de obra - a cargo del municipio pero efectuada por el grupo - cae en el clientelismo y el favoritismo más abyectos.
A pesar de la insuficiencia manifiesta del material rodante – además vetusto, desgastado por la sobreexplotación, en una palabra, fuera de uso - el delegado no ha «completado el material puesto a su disposición con material nuevo» (artÃculo 39 del CPS), ni «dispuesto de máquinas mecánicas necesarias para la ejecución de la misión en número, capacidad y rendimiento suficientes...» (artÃculo 2 del convenio de gestión delegada).
A tÃtulo de ejemplo, las cuatro camionetas de 4 m³ asignadas – en Chemaia – a la recogida, limpieza y tratamiento de los contenedores y vertederos salvajes nunca han podido realizar adecuadamente sus tareas en una extensión de 19 km² y atender diariamente a 5.000 hogares. Pueden hacerlo menos ahora que están listas para el desguace, sobre todo porque la cargadora, que venÃa al rescate una vez por semana desde Youssoufia, está desde hace mucho tiempo paralizada.
Resultado: la limpieza nunca se ha generalizado al conjunto de las vÃas y plazas públicas de la ciudad tal como estipula el artÃculo 20 del CPS. En cambio, el delegado recibe sumas sustanciales por prestaciones no ejecutadas.
La recogida ineficiente, como atestiguan los siguientes fallos: un tratamiento apresurado y, por tanto, defectuoso de las basuras, un tratamiento parcial de un gran número de barrios, un no tratamiento episódico de ciertos barrios, un no tratamiento del mercado (joutia) y del Souk semanal, una proliferación de vertederos de basura salvajes, en resumen, dos municipios en estado deplorable.
Señalemos finalmente que, como la recogida de basuras no es objeto de ninguna cuantificación y la limpieza solo está asegurada a medias, la remuneración de las prestaciones se efectúa -desde hace tres años y medio- infringiendo las disposiciones del CPS del convenio de gestión delegada (ArtÃculo 12 del convenio y artÃculo 51 del CPS) y las leyes vigentes.
* Segundo vicepresidente del municipio de Chemaia
Noticias 06 Mar 2012 4 min de lectura
una recogida de basuras ineficiente

